Colegio oficial, ¿es posible su creación?

Tras nuestro post de ayer sobre lo que implicaría un colegio oficial de músicos, hemos estado investigando un poco sobre leyes y procedimientos, y queremos ampliar un poco la información.

En granpausa.com no somos abogados, somo músicos, pero esto es lo que hemos sacado en claro:

  • El proceso natural para constituir un colegio oficial se inicia en las comunidades, para luego constituirse un Colegio General. Citamos la Ley.

Artículo 4. Creación, fusión, absorción, segregación, denominación y disolución de los Colegios Profesionales

1. La creación de Colegios Profesionales se hará mediante ley, a petición de los profesionales interesados y sin perjuicio de lo que se dice en el párrafo siguiente. […]

3. Dentro del ámbito territorial que venga señalado a cada Colegio no podrá constituirse otro de la misma profesión.

4. Cuando estén constituidos varios Colegios de la misma profesión de ámbito inferior al nacional existirá un Consejo General cuya naturaleza y funciones se precisan en el artículo noveno

  • Para formar un colegio oficial, la profesión en cuestión debe estar respaldada por una titulación universitaria oficial. Teniendo en cuenta que, a nuestro parecer, las enseñanzas artísticas se encuentran en una especie de limbo, ni si quiera sabemos si cumpliríamos este indispensable requisito… Primero el título expedido rezaba como Superior de Música en la especialidad de… (equivalente a todos los efectos a una Licenciatura, se supone). Luego se convirtieron en grados, pero esta nomenclatura fue recurrida y ahora ya no se sabe ni qué es. (Si alguien está más informado, que nos ilumine por favor).
  • Es necesario justificar su necesidad con razones de interés público (aquí saldríamos ganando, porque es una causa muy justificable).

En fin, por lo que vamos viendo, es una causa compleja de llevar a cabo… Dejad vuestros cometarios

 

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8 comentarios

  • Pingback: Colegio oficial de músicos, ¿qué implicaría? | Gran Pausa

  • Según una reciente modificación de la legislación <>.
    Texto del RD 21/2015, de 23ENE, por el que se modifica el RD1614/2009, de 26OCT, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la LO 2/2006, de 3MAY, de Educación.

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  • Creo que es una muy buena idea pero solo para cierto sector de los músicos. Por ejemplo en los pueblos existen músicos locales que hacen música tradicional y que es música que se enseña de generación en generación. Es importante preservar su música y fomentarla pero cómo se les podría hacer participar si no tienen un título universitario en música. Todo tiene ventajas y desventajas pero abría que ver si su utilidad rebasa las desventajas que pueda tener. Saludos desde México!

  • Se supone que actualmente la denominación oficial vuelve a ser Título Superior de Música, equivalente a todos los efectos al Grado en cualquier otra especialidad universitaria.

  • Hola! Pues yo estoy pensando en empezar una asociación en Barcelona con esta finalidad, que pueda con el tiempo convertirse en Colegio. Creo que como «gremio» habría que asociarse de alguna manera para defender nuestros derechos. Últimamente no paro de ver aspectos de la vida laboral de los músicos (yo y mi alrededor) que me indignan, y cada vez parece que más gente se aprovecha de los músicos «desprotegidos». Por ejemplo, si no está claro si nuestro título es equivalente a una Licenciatura, no sería una de las primeras cosas a defender ante los políticos?

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